CÓDIGO DE CONDUCTA Y PRÁCTICAS RESPONSABLES

Octubre 2016. Rev. 0

 

1. OBJETO Y ALCANCE DEL CÓDIGO DE CONDUCTA Y PRÁCTICAS RESPONSABLES

El “Código de Conducta y Prácticas Responsables del Centro de Día Gonzalo de Berceo” (en adelante el Código) fue aprobado por el Consejo de Administración de Elteis SLU. El Código establece los criterios de actuación que deben ser observados por el Grupo Elteis (en adelante “Elteis”) en el desempeño de sus responsabilidades profesionales. El objetivo del presente Código es procurar un comportamiento profesional, ético y responsable de Elteis y de todos sus empleados, en el desarrollo de sus actividades en cualquier parte, como elemento básico de su cultura empresarial en la que se asienta la formación y el desarrollo personal y profesional de sus empleados. A tal efecto, se definen los principios y valores que deben regir las relaciones de Elteis con sus grupos de interés (empleados, clientes, accionistas, socios de negocio, proveedores y aquellas sociedades en las que desarrolla su modelo de negocio).

Para ello, el Código:

  • Facilita el conocimiento y la aplicación de la cultura empresarial de Elteis, firmemente asentada en el cumplimiento de los derechos humanos y sociales y en la efectiva integración en la organización de todo el colectivo de empleados, con respeto de su diversidad.
  • Establece el principio de debida diligencia para la prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, cualquiera que sea su naturaleza, comprendiendo, entre otros, el análisis de los riesgos, la definición de esponsabilidades, la formación de los empleados y -en su caso- de terceros relacionados directamente con la compañía, y la formalización de procedimientos, en especial para la notificación e inmediata eliminación de conductas irregulares.
  • Tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas, recogido en el ordenamiento jurídico donde Elteis opera y previene la existencia de comportamientos que puedan determinar la responsabilidad de la ompañía entre sus representantes legales, administradores, empleados o por cualquier otra persona que esté sometida a la autoridad del personal de la compañía.

 

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Código es de aplicación a todas las sociedades que integran el Grupo Elteis y vincula a todo su personal, independientemente de la posición y función que se desempeñe.

La aplicación del Código, total o parcial, podrá hacerse extensiva a cualquier persona física y/o jurídica relacionada con Elteis, cuando así convenga para el cumplimiento de su finalidad y sea posible por la naturaleza de la relación.

El Código se distribuirá personalmente a todos sus Directivos y notificado a cualquier persona que la represente, cuando así lo requiera la naturaleza de su relación, quienes deberán asumir por escrito el compromiso de su cumplimiento.

Asimismo, la obligación de su cumplimiento será recogida expresamente en los contratos de trabajo de los empleados, a quienes les será entregada copia con ocasión de su incorporación a la compañía. La exención del cumplimiento, para casos concretos debidamente justificados, sólo podrá ser autorizada por el Comité de Gestión Ética y Responsabilidad Social Corporativa.

 

2.1. Principios generales

El Código de Conducta se define como un compromiso ético que incluye principios y estándares básicos para el desarrollo adecuado de las relaciones entre Elteis y sus principales grupos de interés allí donde desarrolle sus actividades de negocio.

El Código se basa en los siguientes principios:

  • Todas las operaciones de Elteis se desarrollarán bajo un prisma ético y responsable.
  • El cumplimiento de la legislación vigente es presupuesto necesario del presente Código.
  • El comportamiento de los empleados de Elteis se ajustará al espíritu y a la letra de este Código de Conducta y Prácticas Responsables.
  • Todas las personas, físicas y jurídicas, que mantengan de forma directa o indirecta cualquier relación laboral, económica y/o social con Elteis recibirán un trato justo y digno.
  • Todas las actividades de Elteis se realizarán de la manera más respetuosa con el medio ambiente, favoreciendo la conservación de la biodiversidad y la gestión sostenible de los recursos naturales.

 

2.1.1 Empleados

Elteis no emplea a nadie que no tenga 16 años cumplidos.

Ninguna persona empleada en Elteis será objeto de discriminación por razón de raza, discapacidad física y psíquica, enfermedad, religión, orientación sexual, opinión política, edad, nacionalidad o género.

Elteis prohíbe toda forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal a sus empleados, así como cualquier otra conducta que pudiera generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil.

Los empleados de Elteis tienen reconocido el derecho de sindicación, de libertad de asociación y de negociación colectiva.

El horario laboral semanal y las horas extraordinarias no excederán el límite legal establecido. Las horas extraordinarias serán siempre voluntarias y retribuidas en consonancia con la ley. El salario que reciben los empleados de Elteis es acorde con la función desempeñada, siempre respetando los convenios de cada sector.

Todos los empleados desarrollan su trabajo en lugares seguros y saludables.

Las políticas y actuaciones relativas a la selección, contratación, formación y promoción interna de los empleados deberán estar basadas en criterios claros de capacidad, competencia y méritos profesionales. Se tendrá en cuenta la promoción interna de los empleados para cubrir las posiciones que en cada caso convenga.

Los empleados serán informados de las políticas de evaluación de su trabajo y participarán activamente dentro del marco de los procesos de gestión articulados para mejorar su trabajo, iniciativa y dedicación.

Elteis se compromete a contratar personal con discapacidad física o psíquica siempre que su perfil sea adecuado para el puesto de trabajo.

2.1.2 Clientes

Elteis se compromete a ofrecer a todos sus clientes un alto estándar de excelencia, calidad, salud y seguridad en sus servicios, y a comunicarse con ellos de manera clara y transparente. Estos servicios se realizan de forma ética y responsable.

2.1.3 Accionistas

Elteis desarrolla su actividad de conformidad con el interés social, entendido como la viabilidad y la maximización del valor de la empresa a largo plazo en interés común de todos los accionistas.

2.1.4 Socios de negocio

Elteis extiende a sus socios de negocio la obligación de cumplir lo expuesto en este Código.

2.1.5 Proveedores

Los fabricantes de los productos que comercializa Elteis están obligados a cumplir el Código de Conducta de Fabricantes y Proveedores y el presente Código, en lo que les resulte aplicable. El resto de proveedores de bienes y servicios de Elteis deberá cumplir ambos Códigos en lo que les resulte aplicable.

2.1.6 Sociedad

Elteis se compromete a colaborar con las comunidades locales, nacionales o internacionales en las que desarrolla su negocio.

3. COMPROMISOS DE CONDUCTA Y PRÁCTICAS RESPONSABLES

 

3.1. Cumplimiento de la legislación aplicable y de la normativa interna

El cumplimiento normativo es presupuesto necesario del presente Código. Todos los empleados de Elteis deben cumplir la legislación vigente en el desarrollo de sus actividades. La aplicación del Código en ningún caso podrá suponer el incumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Todos los empleados de Elteis deben cumplir las normas y procedimientos de la compañía, así como las instrucciones que pudieran aprobarse en su desarrollo.

Cualesquiera otros Códigos de Conducta locales que pudieran existir, deberán alinearse y adaptarse a los criterios establecidos en el presente Código, que prevalecerá sobre cualquier otra normativa interna, salvo que ésta sea más exigente. Dichos Códigos locales y los instrumentos para su aplicación deberán ser aprobados previamente por el Comité de Ética y Responsabilidad Social Corporativa de Elteis.

Para facilitar el debido control interno, las decisiones de los empleados de Elteis serán trazables desde el punto de vista del cumplimiento normativo, de modo que la adecuación de las decisiones a las normas internas y externas sea justificable, comprobable y verificable, en el caso de revisión por parte de terceros competentes o de la propia compañía.

Elteis se compromete a poner los medios necesarios para que sus empleados conozcan y comprendan la normativa interna y externa necesaria para el ejercicio de sus responsabilidades.

En caso de incumplimiento del Código, la compañía cuenta con un procedimiento de consulta y de notificación, que permite a cualquier persona relacionada con ella, denunciar, de manera confidencial, cualquier irregularidad que, a su juicio, suponga una vulneración del Código.

 

3.2. Cumplimiento de acuerdos y convenios

Elteis asume, como parte de su normativa interna, el contenido de los acuerdos y convenios, nacionales o internacionales, a los que se ha adherido, comprometiéndose a su promoción y cumplimiento. Una relación de los principales acuerdos y convenios se adjunta al final del presente Código.

 

3.3. Relaciones con empleados

Elteis considera a las personas como factor clave empresarial, defiende y promueve el cumplimiento de los derechos humanos y laborales y se compromete a la aplicación de la normativa y buenas prácticas en materia de condiciones de empleo, salud y seguridad en el puesto de trabajo.

El personal de la compañía colaborará en el cumplimiento estricto de las normas laborales aplicables y en la prevención, detección y erradicación de irregularidades en esta materia. Todos los empleados están obligados a actuar, en sus relaciones laborales con otros empleados, conforme a criterios de respeto, dignidad y justicia, teniendo en cuenta la diferente sensibilidad cultural de cada persona y no permitiendo ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo, ni discriminaciones por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, género o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de capacidad, con especial consideración hacia la atención y la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías.

Todos los empleados son responsables de cumplir rigurosamente las normas de salud y seguridad en el trabajo, y de velar por su propia seguridad y por la de las personas afectadas por sus actividades.

Está prohibido el consumo de sustancias que pudieran afectar al debido cumplimiento de las obligaciones profesionales.

 

3.4. Relaciones con clientes

Todos los empleados están obligados a actuar, en sus relaciones con los clientes, conforme a criterios de consideración, respeto y dignidad, teniendo en cuenta la diferente sensibilidad cultural de cada persona y no permitiendo discriminaciones en el trato por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, género o cualquier otra condición personal o social prohibida por la ley, con especial consideración hacia la atención de las personas con discapacidad o minusvalías.

Elteis protege a sus clientes estableciendo e implantando estándares de obligado cumplimiento para todos los proveedores en materia de salud y seguridad de producto, garantizando que todos los artículos y servicios que comercializa no implican riesgos para su salud y/o seguridad en su uso. Los empleados de la compañía asegurarán que se cumplen los estándares anteriores, así como el resto de normas y procedimientos establecidos.

En el desarrollo de sus actividades comerciales, los empleados de Elteis promocionarán los productos y servicios de la compañía en base a estándares objetivos, sin falsear sus condiciones o características. Las actividades de promoción de la compañía se realizarán de forma clara con el fin de no ofrecer información falsa, engañosa o que pueda inducir a error a clientes o a terceros.

 

3.5. Prácticas en el mercado

Elteis compite en el mercado de manera leal y no admite en ningún caso conductas engañosas, fraudulentas o maliciosas.

La búsqueda de información comercial o de mercado por parte de los empleados de la empresa se desarrollará siempre sin infringir las normas que pudieran protegerla. Los empleados rechazarán la información sobre competidores obtenida de manera improcedente o violando la confidencialidad bajo la que la mantienen sus legítimos propietarios. En particular, se pondrá especial cuidado en no violar secretos de empresa en los casos de incorporación a Elteis de profesionales provenientes de otras compañías del sector.

Los empleados de Elteis evitarán también difundir información maliciosa o falsa sobre competidores de la compañía. En sus relaciones con terceros, los empleados de Elteis evitarán, con carácter general, los pagos en metálico, y aquellos efectuados en divisas distintas a las previamente acordadas. En cualquier caso, los pagos deberán ajustarse a las políticas definidas por el Departamento de Gestión Financiera.

Asimismo, someterán a especial control y supervisión los pagos no previstos realizados a o por terceros no mencionados en los correspondientes contratos, los realizados en cuentas que no resulten las habituales en las relaciones con una determinada organización o persona, los pagos realizados a o por personas, compañías, entidades o a cuentas abiertas en territorios calificados como paraísos fiscales y aquellos realizados a organizaciones en las que no sea posible identificar al socio, propietario o beneficiario último.

Los empleados exigirán el cumplimiento de la normativa relativa a procesos de alta o declaraciones de origen del producto, supervisando el cumplimiento de las normas y procesos establecidos por la compañía en este ámbito.

 

3.6. Relaciones con proveedores

Los empleados de Elteis se relacionarán con sus proveedores de bienes y servicios de forma lícita, ética y respetuosa. La selección de los proveedores se regirá por criterios de objetividad y transparencia, conciliando el interés de la empresa en la obtención de las mejores condiciones, con la conveniencia de mantener relaciones estables con proveedores éticos y responsables.

Todos los proveedores que trabajen con Elteis deberán comprometerse a respetar los derechos humanos y laborales de todos los empleados contratados, así como a involucrar y transmitir estos principios a sus socios de negocio. La vulneración de cualquiera de estos principios no será en ningún caso aceptada por la empresa.

Las actividades en materia de compras y aprovisionamientos se desarrollarán con estricto cumplimiento de las normas y procedimientos en vigor en la compañía. Todas las decisiones adoptadas en este ámbito deberán estar acreditadas, en el sentido de que deberán ser justificables, comprobables y verificables en el caso de revisión por parte de terceros o de los propios órganos de control de Elteis. El personal de la empresa tiene la obligación de proteger la información comercialmente sensible relativa a las condiciones establecidas por la compañía.

Los empleados de la empresa no solicitarán a los proveedores ni aceptarán información relativa a las condiciones fijadas a otras compañías que compiten con Elteis.

Ningún empleado de la empresa podrá ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, regalos u obsequios, favores o compensaciones, en metálico o en especie, cualquiera que sea su naturaleza, que puedan influir en el proceso de toma de decisiones relacionado con el desempeño de las funciones derivadas de su cargo.

Cualquier regalo recibido contraviniendo el presente Código, deberá ser inmediatamente devuelto.

De no ser razonablemente posible la devolución del regalo o dádiva, se entregará al Comité de Ética y Responsabilidad Social Corporativa que, tras emitir el correspondiente recibo, lo destinará a fines de interés social. En particular, ningún empleado de Elteis podrá ofrecer, conceder, solicitar o aceptar regalos, o dádivas a ó de una persona física o jurídica con la que la empresa mantenga relaciones de cualquier tipo que, aislados o sumados entre sí en el periodo de un año, tengan un valor superior a 100 euros. Los obsequios en metálico están expresamente prohibidos.

 

3.7. Relaciones con autoridades y funcionarios

Los empleados de Elteis se relacionarán con las autoridades e instituciones públicas, en aquellos lugares en los que desarrolla sus actividades, de forma lícita, ética, respetuosa y alineada con las disposiciones internacionales para la prevención de la corrupción y el soborno. Aquellos empleados que tengan relación con representantes de las administraciones públicas deberán estar específicamente autorizados por la compañía.

El personal que tenga relaciones con las administraciones públicas deberá documentar las decisiones tomadas y acreditar el cumplimiento de las normas internas y externas aplicables, con el objetivo de facilitar que terceros y los órganos de control de la compañía puedan revisar el cumplimiento normativo en este ámbito.

Como regla general, ningún empleado podrá ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, regalos o dádivas, favores o compensaciones, cualquiera que sea su naturaleza, a o de cualesquiera autoridades o funcionarios.

Sólo se exceptúan de la regla anterior los obsequios y atenciones de escaso valor que sean proporcionados y razonables según la práctica local, transparentes, entregados con motivo de intereses legítimos, socialmente aceptables, y esporádicos, para evitar que su contenido o regularidad pudiera llevar a un tercero independiente a dudar de la buena fe del empleado o de la compañía. Los obsequios en metálico están expresamente prohibidos.

Es responsabilidad de cada empleado conocer y valorar adecuadamente las prácticas locales, teniendo en cuenta el interés y la buena reputación de la empresa.

En caso de duda, se deberá consultar con el Comité de Ética y Responsabilidad Social Corporativa. En todo caso, las prácticas habituales sobre obsequios y atenciones deberán ser monitorizadas, evaluadas y registradas adecuadamente por la compañía.

Los empleados de Elteis se abstendrán de realizar pagos de facilitación o agilización de trámites, consistentes en la entrega de dinero u otras cosas de valor, cualquiera que sea su importe, a cambio de asegurar o agilizar el curso de un trámite o actuación cualquiera que sea su naturaleza, frente a cualquier órgano judicial, administración pública u organismo oficial.

Los empleados evitarán obtener ventajas indebidas en materia fiscal para la empresa y se asegurarán de que la información declarada en esta materia a las autoridades es veraz y refleja fielmente la realidad de la compañía. También se asegurarán de que las ayudas solicitadas o recibidas de las administraciones públicas reciben un uso adecuado y que su solicitud es transparente, evitando falsear las condiciones para su obtención o darles un uso distinto a aquél para el que fueron otorgados.

 

3.8. Conflictos de interés

Los empleados de Elteis deberán evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de la compañía. También deberán abstenerse de representarla y de intervenir o influir en la toma de decisiones en las cuales, directa o indirectamente, ellos mismos o un tercero vinculado a ellos, tuvieran un interés personal. No podrán valerse de su posición en la compañía para obtener ventajas patrimoniales o personales ni oportunidades de negocio propias.

Ningún empleado podrá prestar servicios como consultor, consejero, directivo o empleado a otra compañía competidora, a excepción de los servicios que pudieran prestarse a solicitud de Elteis.

Elteis respeta la vida privada de su personal y consiguientemente la esfera privada de sus decisiones. En el marco de esta política de respeto, se exhorta a los empleados a que, caso de surgir conflictos de interés personales o de su entorno familiar que puedan comprometer la necesaria objetividad o profesionalidad de su función en la empresa, se pongan en conocimiento del Comité de Ética y Responsabilidad Social Corporativa, para que, con respeto de la confidencialidad e intimidad de las personas, se pueda proceder a la adopción de las medidas pertinentes en beneficio tanto de la compañía como de las personas afectadas.

En concreto, son situaciones potenciales de conflicto y deberán ser objeto de comunicación al Comité de Ética y Responsabilidad Social Corporativa, las siguientes:

  • La realización por el empleado o por personas vinculadas a él, directa o indirectamente, por sí o a través de alguna sociedad o institución, de actividades que constituyan el mismo, análogo o complementario género de actividad que el que desarrolla la empresa.
  • La realización por el empleado o por personas vinculadas a él, directa o indirectamente, por sí o a través de alguna sociedad o institución, de actividades que generen intercambio de bienes y/o servicios con Elteis, cualquiera que sea el régimen de retribución convenido.

 

3.9. Ejercicio de otras actividades

Los empleados de Elteis sólo podrán desarrollar actividades laborales y profesionales ajenas a las desarrolladas en la empresa, cuando no supongan merma en la eficacia esperada en el desempeño de sus funciones. Cualquier actividad laboral o profesional ajena que pueda afectar a la jornada de trabajo en la compañía, deberá ser previamente autorizada por la Dirección.

Elteis desarrolla su modelo de negocio sin interferir políticamente en aquellas comunidades en donde desarrolla sus actividades.

Cualquier relación de la compañía con gobiernos, autoridades, instituciones y partidos políticos estará basada en los principios de legalidad y neutralidad.

Las contribuciones que en su caso realice la empresa, en dinero y/o en especie, a partidos políticos, instituciones y autoridades públicas, se harán siempre de acuerdo con la legislación vigente y garantizando su transparencia, a cuyo fin, deberán ir precedidas de un informe de la Asesoría Jurídica que acredite su plena legalidad.

Se reconoce el derecho de los empleados a participar en actividades políticas legalmente reconocidas, siempre que éstas no interfieran el adecuado desempeño de su actividad en la empresa y se desarrollen fuera del horario laboral y de cualquier instalación de Elteis de modo que no puedan ser atribuidas a la empresa.

 

3.10. Uso de bienes y servicios de la compañía

Los empleados de Elteis utilizarán eficientemente los bienes y servicios de la empresa y no harán uso de ellos en beneficio propio.

A este respecto, los empleados en ningún caso harán uso de los equipos que la empresa pone a su disposición para instalar o descargar programas, aplicaciones o contenidos cuya utilización sea ilegal, que contravengan las normas de la compañía o que puedan perjudicar su reputación. Tampoco harán uso de fondos o tarjetas de la compañía para sufragar actuaciones que no sean propias de su actividad profesional.

Los empleados deben conocer que los documentos y datos contenidos en los sistemas y equipos de tecnologías de la información de Elteis, pueden estar sujetos a revisión por parte de unidades competentes de la compañía, o por terceros designados por ésta, cuando así se considere necesario y esté permitido por la normativa en vigor.

 

3.11. Confidencialidad de la información y protección de datos personales

El personal de Elteis tiene la obligación de proteger la información y el conocimiento generado en el seno de la organización, de su propiedad o que custodia.

Los empleados se abstendrán de utilizar en su propio beneficio cualquier dato, información o documento obtenido durante el ejercicio de su actividad profesional. Tampoco comunicarán información a terceros, excepto en cumplimiento de la normativa aplicable, de las normas de la compañía o cuando sean expresamente autorizados a ello. Asimismo, tampoco utilizarán datos, información o documentos de carácter confidencial provenientes de una tercera compañía sin su autorización por escrito.

El personal de Elteis se compromete a mantener la confidencialidad y a hacer un uso acorde con la normativa interna en la materia, de cualquier dato, información o documento obtenido durante el ejercicio de sus responsabilidades en la compañía. Con carácter general, y a menos que se les indique lo contrario, la información a la que tienen acceso debe ser considerada confidencial y únicamente podrá ser usada para la finalidad para la que fue obtenida.

Asimismo, no deberán hacer duplicados, reproducirla ni hacer más uso de la información que el necesario para el desarrollo de sus tareas y no la almacenarán en sistemas de información que no sean propiedad de Elteis, salvo en los casos y finalidades expresamente autorizados.

La obligación de confidencialidad permanecerá una vez concluida la actividad en la empresa y comprenderá la obligación de devolver cualquier material relacionado con la compañía que tenga en su poder el empleado en el momento del cese de su relación con la sociedad.

El personal de Elteis deberá respetar la intimidad personal y familiar de todas aquellas personas a cuyos datos tenga acceso. Las autorizaciones de utilización de datos deben responder a solicitudes concretas y justificadas. Los empleados deberán cumplir estrictamente las normas establecidas para velar por el buen tratamiento de la información y de los datos aportados a la compañía por terceros.

En la recopilación de datos de carácter personal de clientes, empleados, contratistas o cualquier persona o entidad con la que se guarde una relación contractual o de otra naturaleza, todo el personal de Elteis obtiene los consentimientos, cuando resulta preceptivo, y se compromete a la utilización de los datos conforme a la finalidad autorizada por el otorgante de dicho consentimiento. Asimismo, el personal de la empresa debe conocer y respetar todos los procedimientos internos implementados respecto del almacenamiento, custodia y acceso a los datos y que están destinados a garantizar los diferentes niveles de seguridad exigidos conforme a la naturaleza de los mismos.

Los empleados comunicarán al departamento correspondiente cualquier incidencia que detecten relacionada con la confidencialidad de la información o con la protección de datos personales.

 

3.12. Protección de la propiedad intelectual e industrial

Elteis está comprometido con la protección de la propiedad intelectual e industrial propia y ajena. Esto incluye, entre otros, derechos de autor, patentes, marcas, nombres de dominio, derechos de reproducción, derechos de diseños, de extracción de bases de datos y derechos sobre conocimientos técnicos especializados.

El personal de la compañía tiene expresamente prohibida la utilización de obras, creaciones o signos distintivos de propiedad intelectual o industrial de terceros sin la constancia de que la compañía dispone de los correspondientes derechos y/o licencias.

El personal de Elteis adoptará las medidas necesarias para proteger la propiedad intelectual e industrial procurando que los procesos y las decisiones en este ámbito sean trazables, en el sentido de estar documentadas y ser justificables y comprobables, en especial mediante los títulos de las propias obras, creaciones o signos distintivos y la aplicación de las cláusulas contractuales que garanticen la originalidad y utilización pacífica de los de terceros.

La propiedad intelectual fruto del trabajo de los empleados durante su permanencia en la compañía, y que tenga relación con los negocios presentes y futuros de Elteis, será propiedad de la compañía. Sólo se usarán en marketing y publicidad aquellas marcas, imágenes y textos que estén debidamente autorizados.

 

3.13. Registro de operaciones

Todas las operaciones con trascendencia económica que realice la sociedad, figurarán con claridad y exactitud en registros contables apropiados que representen la imagen fiel de las transacciones realizadas y estarán a disposición de los auditores internos y externos.

Los empleados de Elteis introducirán la información financiera en los sistemas de la compañía de forma completa, clara y precisa, de modo que reflejen, a la fecha correspondiente, sus derechos y obligaciones de conformidad con la normativa aplicable. Adicionalmente, se velará por el rigor y la integridad de la información financiera que, de acuerdo con la normativa en vigor, se deba comunicar al mercado.

Elteis se compromete a implantar y mantener un adecuado sistema de control interno sobre la elaboración de la información financiera, garantizando la supervisión periódica de su eficacia. Los registros contables estarán en todo momento a disposición de los auditores internos y externos. A tal fin, Elteis se compromete a poner a disposición de sus empleados la formación que resulte necesaria para que éstos conozcan, comprendan y cumplan los compromisos establecidos por la compañía en materia de control interno de la información financiera.

 

3.14. Compromiso social y ambiental

La Responsabilidad Social Corporativa de Elteis, entendida como su compromiso social y ambiental en el desarrollo de sus actividades y en beneficio de todos sus grupos de interés, forma parte inseparable de su modelo de negocio.

El compromiso social de Elteis se concreta en el desarrollo de actividades de patrocinio, mecenazgo y acción social, realizadas por la organización o canalizadas a través de la colaboración con organizaciones sociales. Asimismo, la compañía incentivará y promoverá la colaboración de sus empleados con organizaciones de interés social en aquellos lugares donde opera, a través, entre otros, de programas de voluntariado corporativo.

El Comité de Ética y Responsabilidad Social Corporativa, de conformidad con la normativa interna de Elteis, es el órgano legitimado para aprobar cualquier aportación destinada a programas de patrocinio, mecenazgo o de inversión social.

Los empleados de Elteis desarrollarán su actividad promoviendo la sostenibilidad social y ambiental de la empresa, como vía para la creación responsable de valor para todos sus grupos de interés.

 

 

4. COMITÉ DE GESTIÓN ÉTICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA

A fin de garantizar el cumplimiento del presente Código, en el Centro de Día Gonzalo de Berceo existe un Comité de Gestión Ética y Responsabilidad Social Corporativa compuesto por:

  • La Directora del Centro de Día y la Gerencia de Elteis 
  • La Responsable del Área de Coordinación de Elteis 
  • El Responsable del Área Jurídica de Elteis 
  • El Equipo Técnico del Centro de Día 
  • Un representante de los Trabajadores del CD

El Comité podrá actuar por propia iniciativa o a instancia de cualquier empleado de la compañía, proveedor o de un tercero con relación directa e interés comercial o profesional legítimo, mediante denuncia realizada de buena fe. A tal fin, las comunicaciones realizadas al amparo del presente Código, ya contengan denuncias de incumplimiento o consultas relativas a su interpretación o aplicación, podrán hacerse llegar a la sociedad a través de cualquiera de los siguientes medios:

  • Correo ordinario a la dirección: C/ Gonzalo de Berceo, 14. 26005 de Logroño (La Rioja)
  • Correo electrónico a la dirección: dirección@gonzalodeberceo.es

El Comité depende del Consejo de Administración y tiene las siguientes funciones básicas:

a. La supervisión del cumplimiento y de la difusión interna del Código entre el personal de Elteis.

b. La recepción de todo tipo de escritos, relacionados con la aplicación del Código y su remisión, en su caso, al órgano o Departamento de la compañía al que deba corresponderle su tramitación y resolución.

c. El control y supervisión de la tramitación de los expedientes y de su resolución.

d. La interpretación de las dudas que plantee la aplicación de este Código.

e. La propuesta al Consejo de Administración, de cuantas aclaraciones y normas requiera la aplicación del Código y, al menos, un informe anual en el que se analice su aplicación.

f. La supervisión del Canal de Denuncias y del cumplimiento de su procedimiento.

En el ejercicio de sus funciones, El Comité garantizará:

a. La confidencialidad de todos los datos y antecedentes manejados y de las actuaciones llevadas a cabo, salvo que por ley o requerimiento judicial proceda la remisión de información.

b. El análisis exhaustivo de cualquier dato, información o documento en base a los cuales se promueva su actuación.

c. La instrucción de un procedimiento adecuado a las circunstancias del caso, en el que se actuará siempre con independencia y pleno respeto del derecho de audiencia y de la presunción de inocencia de cualquier persona afectada.

d. La Comisión Interdisciplinar dispondrá de los medios necesarios para garantizar la aplicación de presente Código. Las decisiones de la Comisión Interdisciplinar tendrán carácter vinculante para Elteis y para el empleado.

5. CÓDIGOS Y COMPROMISOS GLOBALES ASUMIDOS VOLUNTARIAMENTE POR ELTEIS

The United Nations Global Compact (www.globalcompact.org). Iniciativa de las Naciones Unidas para la promoción del dialogo social entre las empresas y la sociedad civil.

The CEO Water Mandate (www.ceowatermandate.org). Iniciativa de las Naciones Unidas para apoyar a las compañías en el desarrollo, implementación y comunicación de sus estrategias y políticas relacionadas con el agua.

Código de buenas prácticas tributarias. Promueve una relación recíprocamente cooperativa entre la Administración Tributaria y las empresas.